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Primero.– Establecer con efectos 1 de Julio de 2015, que el Sr. Alcalde ejercerá su cargo en régimen de dedicación exclusiva , con las retribuciones que se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las mensualidades del año, y las dos restantes correspondientes a las pagas extraordinarias de los meses de Junio y Diciembre.
Retribución Mensual Neta: 1.400 euros
Dichas retribuciones se incrementarán anualmente conforme a lo establecido para el resto de personal al servicio de la Administración Pública.
Así como proceder a su alta en el correspondiente Régimen de Seguridad Social.
Segundo.– Aprobar las indemnizaciones por desempeño de cargos y asistencia a sesiones y reuniones de órganos colegiados correspondiente a los miembros de la Corporación sin dedicación exclusiva, según el siguiente tenor:
Tercero.– Por Comisiones de Servicios: Los cometidos especiales que circunstancialmente deben efectuar los miembros de la Corporación y personal de la misma fuera del término municipal dará lugar a las indemnizaciones siguientes.
Cuarto.– Establecer con los mismos el siguiente régimen de indemnizaciones por asistencias a los siguientes organismos.